Las asociaciones Foro Ermua, Convivencia Cívica Catalana, Fundación Concordia, Fundación Papeles de Ermua y Fundación para la Defensa de la Nación Española han presentado una propuesta de reforma constitucional que recupere y enderece los principios que rigieron la Constitución en vigor. El proyecto de reforma parte de las siguientes consideraciones:
- "El significado y funcionamiento del Estado autonómico, sobre la base de considerarlo un Estado unitario de base nacional pero políticamente descentralizado, en el que las decisiones que afectan al conjunto deben prevalecer sobre las que interesan únicamente a los restantes poderes públicos territoriales organizados por y desde la propia Constitución."
- "La garantía efectiva del uso del castellano o español en todo el territorio nacional, como lengua común y oficial del Estado, tanto en las relaciones de los ciudadanos con los poderes públicos como en el sistema educativo, sin perjuicio de la cooficialidad de las restantes lenguas españolas en los territorios en que respectivamente se hablen."
- "La modificación del sistema electoral, para asegurar en el Congreso de los Diputados el mantenimiento de una visión de conjunto, en garantía del interés general de España, al constituirse las mayorías parlamentarias."
- "El reforzamiento de la independencia del Consejo General del Poder judicial y del Tribunal Constitucional respecto de los restantes órganos constitucionales, así como el reforzamiento de la autonomía del Fiscal General en el ejercicio de sus funciones."
- "La reforma del recurso de amparo, atribuyendo la competencia sobre el mismo al Tribunal Supremo, para mejorar el funcionamiento del Tribunal Constitucional y la debida coherencia de la actuación de ambos en aplicación del ordenamiento jurídico."
- "La referencia a la pertenencia de España, como Estado Miembro, a la Unión Europea y la regulación de la adopción de decisiones y acuerdos por parte del Estado español en aquélla con participación, en su caso, de las Comunidades Autónomas afectadas a través del Senado, que se configura así en un órgano no sólo dotado de potestades legislativas sino de cooperación multilateral para el establecimiento de políticas comunes en la esfera de actuación del poder ejecutivo."
El preámbulo de la propuesta dice así:
"La Nación española es la patria común e indivisible de todos los españoles, formada a partir de la unión de las Coronas de Castilla y León y de Aragón que dio origen a la Monarquía de España, sobre la herencia histórica y cultural de la Hispania romana y del reino visigodo, mantenida a lo largo de la Edad Media por los reinos cristianos de la Península ibérica y compartida plenamente por ambas.
"La cultura de la España cristiana medieval, con los peculiares rasgos adquiridos a causa de su multisecular contacto con la cultura hispanomusulmana y las comunidades sefardíes, fue renovada por el humanismo, el arte y la técnica renacentistas. Desde el descubrimiento de América se extendió a través del Atlántico y el Pacífico, proporcionando insignes aportaciones a la civilización occidental y enriqueciéndose por medio del mestizaje con los pueblos del Nuevo Mundo. Sirvió así para conformar las naciones hispánicas que, tras su emancipación, pertenecen a la comunidad iberoamericana.
"La consolidación de la Monarquía de España, desde la unión de las Coronas de Castilla y León y de Aragón, dio lugar a la formación de uno de los primeros Estados nacionales. La soberanía de la Nación española fue proclamada por las Cortes de Cádiz en la Constitución de 1812. Se conformó así por vez primera en España el Estado constitucional, sobre la base de una comunidad política organizada sobre la división de poderes y
formada por todos los españoles, considerados como ciudadanos libres, iguales ante la ley y sometidos al mismo ordenamiento jurídico.
"A partir del triunfo de la Revolución liberal, el Estado constitucional español quedó organizado en provincias y en municipios. Esta estructura territorial fue respetada por las Constituciones monárquicas de 1837, 1845, 1869 y 1876 y por la republicana de 1931. Esta última introdujo, además, el reconocimiento de la autonomía regional.
"La Constitución garantiza hoy la autonomía de las Corporaciones locales para la gestión de sus respectivos intereses. Asimismo, y en virtud de la plural formación histórica de la Nación española, reconoce la autonomía de las Comunidades que, a partir de la aprobación de la Constitución en 1978, y con el precedente de la Constitución de 1931, se han configurado sobre los territorios que pertenecieron en el pasado a las Coronas de Castilla y León y de Aragón.
"Al reconocer la autonomía de estas Comunidades en el marco de la unidad nacional de España, la Constitución proclama la solidaridad entre todas ellas."
El texto completo se puede leer aquí (Descargar propuesta_constitucin_foro_ermua.pdf) o en la Fundación Papeles de Ermua.